Artículos doctrinales

21/10/2009

El sector del aceite de oliva

Medidas del sector

Es cierto, el sector del aceite de oliva se encuentra en un cruce de caminos. La aprobación por parte de la UE de medidas que aprueban el almacenamiento privado, ha supuesto un respiro en el precio del aceite; medidas que no obstante no pueden considerarse como la panacea a la crisis de los precios ya que el trance por el que pasa el sector en su conjunto, a modo de ver de gran parte de los implicados no es pasajero sino estructural al afectar a las mismas entrañas de la totalidad del sector agroalimentario.

Una de las principales causas de esos bajos precios se explica al conocer el alto grado de concentración de las empresas distribuidoras, ya que entre los cinco líderes (Carrefour, Mercadona, Grupo Eroski, Grupo El Corte Inglés y Grupo Auchan) acaparan 61,3% del volumen de ventas del sector, siendo esta concentración sensiblemente inferior a la de otros países de la Unión Europea. ¿Qué puede hacer frente a ellos el fragmentadísimo sector industrial andaluz del aceite de oliva que cuenta con más de 1.700 almazaras, de las cuales más del 50% son cooperativas a pesar de que arrojan al mercado el 70% de la producción? La conclusión es fácil de extraer, el sector sobre todo cooperativo ha obtenido excelentes resultados en la producción, que no en la comercialización de su aceite de oliva.

La escasa capacidad de negociación de todos ellos frente a los gigantes de la distribución, acuciada por la pérdida de rentas de los agricultores derivada de la disminución de las ayudas de la Política Agrícola Común europea, ha determinado movimientos empresariales asociativos posteriormente refrendados por la Administración, mediante promulgación de normas fundamentalmente de carácter subvencional, destacando recientemente:

La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 12 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la fusión de cooperativas y a la constitución de cooperativas de segundo o ulterior grado, así como la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 9 de junio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la primera integración de entidades asociativas agrarias, en sociedades cooperativas andaluzas agrarias de grado superior.

En definitiva, lo que la Administración pretende es ponerse de lado de estos procesos de integración alentadores del aumento del poder de negociación en el mercado, siguiendo la senda de los ya consagrados Grupo Hojiblanca y Jaén- Coop, ambas cooperativas de segundo grado o la jovencísima Interóleo Picual, que con forma de SA, ya ha comenzado a actuar como central de ventas de aceite de oliva a granel de sus socio, sin olvidar al líder del sector, Grupo SOS, a pesar de no haber pasado por sus mejores momentos tras la crisis por la “salida” de sus consejeros los Salazar, ahora se plantean vender sus marcas arroceras.

En este sentido, el mundo del derecho otorga numerosas soluciones que han de ser implantadas por profesionales que puedan dar elementos de juicio a los directivos de las empresas concernidas (y no olvidemos que las Juntas Rectoras lo son) en semejantes pasos o, simplemente, que quieran gestionar profesionalmente la empresa cooperativa que dirigen por compromiso con sus socios. Puede resultar significativo que sólo desde enero de 1997 a enero de 2008 el Diario Oficial de la UE ha publicado 1.420 normas legales que implican, en todo o en parte, a la industria alimentaria, por lo que el asesoramiento jurídico parece obligado en orden a dominar una cada vez más enrevesada legislación agroalimentaria.

Estamos por todo lo demás a la espera de una nueva Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas que actualizará la última de 1999, cuya máxima es dotar al sector cooperativista de un nuevo impulso, facilitar y mejorar el funcionamiento de estas sociedades acercándolas a un moderno modelo empresarial, con el objetivo de hacerlas más competitivas en el mercado global.

Entre las medidas innovadoras que aportará la nueva Ley destacan la creación de una nueva figura para el sector agrario, el grupo empresarial cooperativo, que permite la integración de sociedades, así como la transmisión de las participaciones de los socios en caso de baja; de esta forma se evita que la salida de un miembro de la cooperativa implique una compensación económica y se habilita la opción de que éste transmita sus títulos a terceros a precio de mercado y de este modo la cooperativa preserva su capital en caso de marcha de un socio y garantiza la entrada de otro nuevo. También se establece el voto plural ponderado en las cooperativas agrarias, una medida que responde a una demanda del sector y que trata de ofrecer un tratamiento más equilibrado del peso de socio en función de la actividad que aporta a la sociedad, sin contradecir el principio del movimiento cooperativo de un voto por socio.

Se reducirán un 5% la dotación legal del Fondo de Reserva Obligatorio, además de la eliminación de la penalización existente hasta ahora, de las operaciones con terceros.

En definitiva, se trata de poner los tradicionales principios cooperativos a trabajar junto con los medios jurídicos y económicos a su servicio, de modo que nuestro cooperativismo se homologue al de otras latitudes como el modelo nórdico, en el que no es difícil encontrar sociedades cooperativas que controlan más del 70% del mercado de un determinado producto alimentario.

Foto del avatar  Hispacolex

Los comentarios están cerrados.