Noticias Jurídicas

17/05/2014

Cómo calcular la devolución en su factura de la luz

Consumidores en Acción calcula que el usuario medio recibirá una devolución de 33,16 euros (impuestos incluidos) en el próximo recibo de la luz. Según indica esta asociación en una nota, el importe se obtiene multiplicando el número de kWh consumidos entre enero y marzo por 3,02 céntimos. Se trata del reembolso que harán las eléctricas como consecuencia de la resolución del Ministerio de Industria que se publicó el jueves en el BOE y que es la diferencia entre las tarifas que el Gobierno estableció de forma provisional para el primer trimestre del año y las que realmente deben aplicarse a los consumidores según la evolución de los precios en el mercado mayorista (pool) de la electricidad.

 Para la gran mayoría de usuarios domésticos, los sometidos al denominado Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) sin discriminación horaria (unos 15 millones), la diferencia establecida por la CNMC es de 23,75 euros MWh, esto es, 2,375 céntimos por kWh. Una vez sumados el IVA y el impuesto de la electricidad, que representan un 27,19% de la factura, la cifra supone 3,02 céntimos por kWh consumido.

La devolución se producirá como máximo antes del 31 de agosto y vendrá claramente diferenciada en un concepto separado de la factura que reciba cada consumidor.

Según indica Facua, al realizar el cálculo de la cantidad que deben reembolsarles, los consumidores tendrán que recurrir a las dos o tres facturas bimestrales en la que se hayan facturado los consumos de enero, febrero y marzo. Por ejemplo, dependiendo de los ciclos de facturación utilizados por la eléctrica, en el primero de los recibos se recogerán los consumos realizados en días de diciembre, la totalidad de enero y parte de febrero o en días de noviembre, todo diciembre y parte de enero.

Asimismo, en los recibos que incluyan consumos realizados en meses anteriores o posteriores a enero y marzo, los usuarios tendrán que calcular de forma prorrateada cuántos kWh corresponden a los días en los que se tiene que producir la devolución.

Se trata de una regla de tres simple, según esta asociación:

1. Por ejemplo, en el primer recibo, habrá que multiplicar el número de kWh facturados por la cantidad de días que corresponden a enero y, en su caso, febrero. Tras ello, se deberá dividir el resultado entre el número total de días imputados en la factura (no todos los recibos incluyen la misma cantidad de días). La cantidad resultante será el importe a devolver correspondiente a la factura en cuestión.

2.Una vez realizada la misma operación con todas las facturas en las que aparezcan días de enero, febrero y marzo, el resultado final será la suma de las cantidades que resulten a devolver en cada un de ellas.

Por otra parte, Eon ha remitido una comunicación en la que asegura que realizará desde este momento las devoluciones en los próximos recibos que emita a partir de ahora.

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