Noticias Jurídicas

25/03/2014

Condenado a seis años de cárcel el dueño de un bar por exceso de ruido

Tendrá además que indemnizar con 24.000 euros a la familia de la vivienda colindante al establecimiento por las molestias ocasionadas

La Audiencia de Granada ha condenado a seis años de cárcel, por superar los niveles de ruidos permitidos, al dueño de un bar de Atarfe que tendrá además que indemnizar con 24.000 euros a la familia de la vivienda colindante al establecimiento por las molestias ocasionadas.

La sentencia de la Audiencia, condena a seis años de prisión a Juan B.M.B, el propietario de un bar de Atarfe con una terraza anexa que durante al menos siete años sobrepasó el nivel de ruido permitido, menoscabando la calidad de vida de los cuatro miembros de una familia que residía en la vivienda colindante al establecimiento.

La Audiencia considera probada la comisión de un delito contra el medio ambiente y se basa en un informe pericial que detectó en la vivienda de los denunciantes 53 decibelios de ruido, una cifra que supera los 48 máximos previstos por ley.

La sentencia impone la condena de seis años de cárcel al considerar como agravante que el condenado mantuvo la actividad del bar sin la correspondiente licencia municipal y a pesar de los requerimientos del Ayuntamiento, que decretó el cierre cautelar de la terraza en abril de 2011.

Una pareja y sus dos hijas compraron la vivienda colindante al establecimiento en 2005 y denunciaron el exceso de ruidos, por lo que la Fiscalía solicitó durante el juicio cinco años de prisión por la contaminación acústica, que creó un “grave peligro para la salud de sus vecinos”.

La Audiencia considera probado que el bar funcionó durante varios años con televisores y equipos de música “sin limitadores acústicos”, lo que ocasionó a los vecinos “que no pudieran descansar” y que las dos menores que residían en la vivienda no fueran “al colegio en las debidas condiciones”.

La familia adquirió la vivienda en 2005 y empezó a sufrir el ruido del bar desde la primavera de 2006, aunque no formalizaron su denuncia hasta el año 2011.

Durante el juicio, que se celebró este mes en la Audiencia, el condenado recalcó que no tuvo constancia de que su negocio perjudicara a nadie y negó cualquier amonestación por la actividad de su terraza.

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, lo condena además a 5.400 euros de multa por el delito contra el medio ambiente y a cinco años de inhabilitación para la gerencia de un establecimiento.

La Audiencia considera también acreditado que el ruido del bar provocó un “menoscabo en la integridad física” de la familia, por lo que condena al acusado al pago de una multa de 1.520 euros por cuatro faltas de lesiones.

Foto del avatar  Hispacolex

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *