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02/03/2016

El previsible incremento de los gastos de personal no justifica una reducción salarial

El tribunal declara injustificada la modificación de las condiciones de trabajo, consistente en reducir por un importe equivalente al 5% anual todos los conceptos retributivos regulados en el convenio y eliminar una paga extraordinaria.

El crecimiento vegetativo de los gastos de personal (antigüedad y carrera profesional) y la deuda de cuatro millones de euros contraída por la empresa después de que el Supremo le obligara a devolver a los trabajadores el 5% de las retribuciones no abonadas durante tres años, no son causas económicas aceptables para justificar una reducción salarial.

Así lo advierte una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que señala que, en el caso del crecimiento de los gastos de personal, dicha razón, no sólo no vale como excusa, sino que, además, “revela una falta de previsión empresarial inadmisible desde el punto de vista de la gestión económica de la sociedad y supone pedir a los trabajadores una rebaja de sus salarios para poder financiar los incrementos que generarán en el futuro por méritos propios”.

En cuanto a la justificación de la deuda contraída por el 5% de los salarios no abonados que la empresa debe devolver, y que implica aprovisionar cuatro millones de euros, el tribunal apunta que con ello “se estaría imponiendo a los trabajadores un recorte en sus retribuciones para poder abonar lo que a ellos mismos se les debe, de modo que se les estaría exigiendo que fueran quienes financiaran el cobro de sus créditos”.

Entre las razones esgrimidas para reducir los salarios estaba también el incremento del IVA sobre el material sanitario, a lo que la sentencia, que cuenta con un voto particular, responde que dicho incremento vino determinado por un fallo del Tribunal de la UE de 2013, “de modo que no puede considerarse una circunstancia imprevisible”.

Por todo ello, se declara injustificada la modificación de las condiciones de trabajo acordadas por la empresa consistente en reducir por un importe equivalente al 5% anual todos los conceptos retributivos regulados en el convenio y eliminar una paga extraordinaria.

Fuente: El previsible incremento de los gastos de personal no justifica una reducción salarial

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