Noticias Jurídicas

15/02/2013

Los padres funcionarios podrán disfrutar del permiso de lactancia aunque la madre no trabaje

La resolución da la razón a un empleado de prisiones de la cárcel de Herrera de la Mancha, padre reciente de mellizos.

Los funcionarios que sean padres podrán disfrutar del permiso de lactancia, en pleno derecho, con independencia de que la madre del bebé trabaje por cuenta ajena o no. Así lo recoge una resolución del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que marca un antes y un después en el ámbito de la igualdad de género y en el derecho administrativo.

La resolución da la razón a un funcionario de prisiones de la cárcel de Herrera de la Mancha, padre reciente de mellizos, al que inicialmente se le denegó su derecho al permiso de lactancia, ya que la Administración consideró que el titular del derecho es la madre, salvo en aquellos casos en los que la mujer, de manera expresa, le ceda esta potestad al padre.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) recurrió esta resolución por «sexista y discriminatoria». Tras las alegaciones del sindicato, basadas en la jurisprudencia europea, Hacienda ha reconsiderado la decisión, que sienta precedente.

Desde este momento, en la Función Pública se desvinculará el permiso de lactancia del hecho biológico de dar el pecho, entre otras cosas, porque hoy en día la lactancia natural se puede sustituir por un biberón de leche artificial o un sacaleches. CSI-F considera que se trata de «un avance histórico en igualdad».

«La lactancia debe considerarse como un tiempo de cuidado en favor del hijo y por lo tanto, una medida conciliadora de la vida familiar y laboral. Aunque la mujer no trabaje, no tiene por que dedicarse de manera exclusiva al cuidado del recién nacido (también puede buscar trabajo, formarse y por supuesto disfrutar de su tiempo libre) y el varón, de manera paralela, ejercer su condición de padre corresponsable», señala el sindicato en un comunicado.

Fuente: www.abc.es

Foto del avatar  Hispacolex

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *