Noticias Jurídicas

23/10/2013

Los proveedores de CC.AA. podrán cobrar aunque alguna no presente las facturas pendientes

Los proveedores de comunidades autónomas tendrán derecho a cobrar aunque las administraciones autonómicas no presenten las facturas pendientes, tal y como dicta el Plan de Morosidad.

Según el procedimiento de la segunda fase, las comunidades autónomas tienen hasta el 23 de octubre de 2013 para enviar por vía telemática y con firma electrónica al Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas una relación certificada por el Interventor General de la Comunidad Autónoma en la que figure pendiente de pago.

Desde el 29 de octubre hasta el 14 de noviembre de 2013, los proveedores podrán consultar esta relación y aceptar, en su caso, el pago de la deuda a través de este mecanismo.

Así, en el caso de que una comunidad autónoma no presentara la relación certificada de facturas, sus proveedores, así como los no incluidos en la relación inicial, podrán solicitar hasta el 15 de noviembre de 2013 a la comunidad autónoma deudora la emisión de un certificado individual de reconocimiento de la existencia de obligaciones pendientes de pago que reúnan los requisitos previstos.

Asimismo, las comunidades autónomas que ya se adhirieron al primer tramo del Plan contra la Morosidad, puesto en marcha en el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, para eliminar el stock de facturas pendientes, entran automáticamente en la segunda y ultima fase del mismo.

En esta segunda fase, se permitirá que las comunidades autónomas puedan normalizar todos sus pagos pendientes y reducir su deuda comercial acumulada, antes de la entrada en vigor de la nueva normativa en materia de morosidad, atendiendo al resto de proveedores no cubiertos en el primer tramo, que se inició en junio.

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