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20/07/2015

Los socios de sociedades laborales o cooperativas también podrán capitalizar el paro

Los trabajadores que se incorporen a sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado de nueva creación podrán acogerse al derecho de cobrar la prestación por desempleo en un pago único para poder incorporarse como socios a dichas entidades. Cómo capitalizar la prestación por desempleo.

Así queda recogido en una de las ocho enmiendas que el PP ha registrado en el Congreso al proyecto de ley de Autoempleo y Economía Social, que plantea algunas modificaciones al Estatuto del Trabajador Autónomo.

Con estas enmiendas, el estatus de los socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas será asimilable al de los trabajadores por cuenta ajena y, por tanto, deberán cumplir los mismos requisitos que éstos para acceder al cobro de la prestación por desempleo en pago único para iniciar una actividad.

Prestación por cese de actividad

Al mismo tiempo, el PP propone matizar algunos aspectos del pago único de la prestación por cese de actividad, que ya no podrán percibir los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales.

Si podrán cobrar esta prestación, sin embargo quienes, cumpliendo todos los requisitos, pretendan realizar una actividad profesional como autónomos o destinar el 100% del importe a una aportación de capital social de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en el plazo máximo de doce meses anteriores a la aportación.

En concreto, el dinero podrá utilizarse para los gastos de constitución y puesta en funcionamiento, pago de tasas y tributos o pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información hasta un máximo del 15% del total.

No obstante, quienes tengan intención de seguir esta vía habrán de asegurarse el control efectivo de la empresa y ejercer en ella una actividad profesional como trabajador por cuenta propia, a riesgo de que se considere el abono de la prestación por cese de actividad como pago indebido.

Esta regulación, que elimina el real decreto de 2011 que desarrolla el reglamento de la Ley de Protección por cese de actividad, también quedará incorporada a la norma de Economía Social, aprobada en 2010

Estímulos al autoempleo

El proyecto de Ley de Autoempleo fue aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de mayo con el objetivo de ordenar y sistematizar los estímulos al autoempleo y la economía social, extendiendo algunos de ellos e incorporando nuevas medidas con el objetivo de crear 550.000 nuevos empleados por cuenta propi hasta 2019.

Una de estas novedades introduce la posibilidad de que los autónomos económicamente dependientes (Trade), los que perciben al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente, puedan contratar un trabajador con un contrato de interinidad, bajo determinadas circunstancias, para facilitarles la conciliación de la vida laboral y familiar.

Por otro lado, se amplía la ‘tarifa plana’ para autónomos al reducirse la cuota por contingencias comunes de 55,78 euros a los 55 euros exactos durante seis meses y ampliarse el incentivo a los autónomos que inicien una actividad por cuenta propia y posteriormente contraten a trabajadores por cuenta ajena. Hasta ahora, cuando un autónomo se beneficiaba de este impulso y contrata a un trabajador, perdía este incentivo.

Además, se extienden los supuestos de la ‘tarifa plana protegida’ a las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y a las personas con discapacidad con independencia de su edad; y, con independencia de la edad, se permite capitalizar el 100% de la prestación a cualquier desempleado.

Parados autónomos

Por otro lado, el texto dispone que los autónomos de cualquier edad podrán compatibilizar durante un máximo de nueve meses la prestación por desempleo con alta en el régimen de autónomos (RETA), una posibilidad hasta ahora reservada a los menores de 30 años. Esta medida beneficiará a unos 50.000 autónomos.

Además, para facilitar una segunda oportunidad a los autónomos, se amplía el plazo, desde los dos a los cinco años, límite en el que echan el cierre el 50% de las empresas, para la reanudación de la prestación por desempleo, siempre que se acrediten causas económica u organizativas para el cierre. El Gobierno espera que unos 90.000 autónomos se acojan a este ‘salvavidas’.

La nueva Ley amplía también la bonificación a los familiares colaboradores, de forma que podrán disfrutar de una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social durante dos años. En cifras, los beneficiarios en este caso serán 45.000 de estos familiares.

De esta forma, a los 18 meses durante los cuales, desde la aprobación de la reforma laboral en 2012, podían beneficiarse de una bonificación del 50% en sus cuotas, se suman ahora otros seis meses en los que podrán beneficiarse de una nueva bonificación del 25%.

Fuente: Los socios de sociedades laborales o cooperativas también podrán capitalizar el paro

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