Noticias Jurídicas

29/05/2013

Madrid lanza un programa para que los parados con prestación trabajen en los ayuntamientos

Hoy entra en vigor una nueva política activa de empleo de la Comunidad de Madrid, con su publicación en el boletín regional. El programa, que canalizará de forma temporal a parados que cobran prestación hacia trabajos en ayuntamientos, viene acompañado de la polémica, tras las críticas vertidas por oposición y sindicatos.

El plan recibe el extenso nombre de Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social y ofrece, durante un plazo máximo de seis meses, experiencia profesional y formación a los que participen.

Según se aprobó el pasado 16 de mayo, el programa estará dotado con unos 15 millones de euros. Cada ayuntamiento podrá solicitar hasta 100 puestos de colaboración social de forma que hasta 4.500 personas podrán beneficiarse, de acuerdo con las previsiones del gobierno regional que preside Ignacio González.

Destinatarios y subvenciones
Podrán participar en los proyectos todos los demandantes de empleo inscritos en las oficinas de la comunidad y que estén cobrando algún tipo de ayuda por desempleo, ya sea la prestación del paro de nivel contributivo, un subsidio de nivel asistencial o la Renta Activa de Inserción.

Los ayuntamientos harán la selección a partir de la lista de posibles candidatos que les remitan desde las oficinas de empleo y distribuirán los contenidos formativos y de experiencia laboral. Además de esto, el parado recibirá orientación profesional para la búsqueda activa de empleo y, en su caso, para el desarrollo de una iniciativa emprendedora, a través de la Oficina de Empleo, con una duración de diez horas al mes.

En conjunto, las actividades de práctica profesional, formación y orientación profesional no podrán exceder de ocho horas al día, se explica en el BOCAM.

Las subvenciones

Además, para ponerlo en marcha Madrid habilitará subvenciones para los municipios que participen, destinada a sufragar los gastos derivados del desarrollo del proyecto: los costes del complemento de la prestación o subsidio por desempleo; los costes de desplazamiento y de la cuota por accidente de trabajo y enfermedad profesional, y los costes de impartir la formación.

El importe de esta subvención se determinará en función de la ‘jerarquía’ de los costes. De este modo, para los primeros gastos, se calcula en 500 euros por desempleado participante al mes; mientras que para los costes de impartir la formación, la subvención será de 5 euros por desempleado participante por hora de formación.

La convocatoria podrá priorizar las obras o servicios vinculadas al cambio del modelo productivo y a las actividades económicas emergentes o con potencial en la generación de empleo, tales como servicios que formen parte de un proyecto de dinamización turística, industria cultural o energías renovables.

También se incluye en este apartado el ahorro energético en la rehabilitación de edificios, rehabilitación de espacios urbanos o de edificios públicos, entre otras.

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