Noticias Jurídicas

29/11/2013

Primer ERE de una empresa con beneficios avalado por la Justicia

La Audiencia Nacional ha avalado el primer ERE de una empresa que no está en pérdidas.

En una sentencia que afecta a la multinacional Ericsson, acepta las reivindicaciones de la empresa, que esgrimía que su situación económica no es buena ya que los beneficios que obtiene enEspaña obedecen a transferencias “artificiosas” pero legales de su matriz de equipos y productos más baratos que el precio de mercado. Este criterio supone una interpretación novedosa de la causa económica de un ERE que la reforma laboral no prevé.

El Expediente afecta a 137 trabajadores de 240 que estuvieron incluidos al principio en la medida. Ericsson, tiene en España tres empresas que forman parte de un grupo, con más de 3.000 trabajadores. Se dedica a fabricar equipos de telecomunicaciones y a dar servicio a las operadoras. La multinacional sueca tiene un importante centro mundial de I+D en España.

Además, Ericsson alegó la existencia de causas organizativas y productivas para elEREporque tiene exceso de plantilla y salarios por encima del mercado.

En cuanto a la causa económica, la Audiencia da la razón a la empresa a pesar de que presentó beneficios en 2011 y 2012. La sentencia recuerda lo que dice la reforma laboral sobre la causa económica: “Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior”.

Asimismo, la sentencia cita de nuevo la reforma laboral en lo relativo al resto de causas de unERE: “Se entiende que concurren causas técnicas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; causas organizativas cuando se produzcan cambios, entre otros, en el ámbito de los sistemas y métodos de trabajo del personal o en el modo de organizar la producción y causas productivas cuando se produzcan cambios, entre otros, en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado”.

El tribunal considera “probado” que los contratos de compensación supusieron una sobreprima de entre 100 y 260 millones de euros en 2010, 2011 y 2012 que, “de no haberse producido, habrían supuesto fuertes pérdidas en dichos ejercicios”.

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