Asesoría de Empresas

13/01/2016

Los nuevos contratos de formación y aprendizaje

Entra en vigor la modalidad de contratos de formación presencial y teleformación.

Autor: Nani García Fernández 

Con fecha 31 de diciembre finalizó la posibilidad de realizar contratos para la formación y aprendizaje en la modalidad a distancia. Sólo podrán realizarse las prórrogas de los contratos realizados antes de dicha fecha.

A partir del 1 de Enero de 2016, en su lugar, entraban en vigor las modalidad de contratos de formación PRESENCIAL y TELEFORMACION. Para su tramitación se exigen que la actividad formativa sea autorizada previamente al inicio del contrato por el SEPE, el cual dispone de un plazo de 30 días para resolver la autorización de inicio.

A día de hoy la posibilidad de realizar contratos de formación queda paralizada dado que no se ha publicado la reglamentación del proceso de tramitación a seguir ni hay instrucciones por partes de las Administraciones

Una vez que el Servicio Estatal Público de Empleo se pronuncie  para poder llevar a cabo este tipo de contratos con total garantía, procederemos a informales con una nueva circular.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

Artículo actualizado: Puede ver la actualización AQUÍ

Foto del avatar  Hispacolex

Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *