Derecho Laboral

14/12/2010

Reducción de la indemnización por despido: Nuevo Fondo de Capitalización para contratos indefinidos

Fondo de capitalización.

Autor: HispaColex

Quizás estemos ante la principal novedad de la reforma laboral de septiembre de 2010, la posibilidad de crear un Fondo de Capitalización para contratos indefinidos para los trabajadores.

Este Fondo de Capitalización se mantendrá a lo largo de la vida laboral del trabajador por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de prestación de servicios pendiente de determinar reglamentariamente ya que hasta el momento no se ha indicado cómo se cuantificará dicho salario día.

El trabajador podrá hacer efectivo el abono de las cantidades acumuladas a su favor en el Fondo de Capitalización en los supuestos de despido, de movilidad geográfica o para el desarrollo de actividades de formación.

Las indemnizaciones a abonar por el empresario en caso de despido se reducirán en un número de días de salario por año de servicio equivalente al que se determine para la constitución del Fondo, por tanto, a las empresas le servirá de descuento a la hora de abonar un despido y ello supondrá reducir el elevado coste que puede conllevar la decisión extintiva de la relación laboral.

La parte del fondo de capitalización que el trabajador no haga efectiva en el momento de producirse los supuestos señalados anteriormente será percibida por el mismo en el momento de su jubilación.

En caso de que el Gobierno cumpliera con su compromiso en este sentido, el Fondo entraría en vigor a partir de 1 de enero de 2012, siendo de aplicación a los nuevos contratos indefinidos que se celebren a partir de esa fecha.

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