Noticias Jurídicas

14/11/2013

Condenado un peatón que provocó un accidente al cruzar por lugar no habilitado para ello

La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia en la que un juzgado condenó por una falta de imprudencia leve a un peatón que se vio implicado en un accidente de tráfico, al cruzar por un lugar por el que no debía, lo que causó que un motorista resultara herido y provocó daños en el vehículo. Se le impone una multa y el pago de una indemnización.

Los hechos tuvieron lugar en enero del pasado año 2012. Según consta en la sentencia de la Audiencia, el juzgado declaró probado en su momento que el motorista circulaba por una calle de la capital malagueña cuando “se vio sorprendido por un peatón que cruzaba la calzada por un lugar no habilitado para ello”.

Además, sigue el apartado de hechos probados, el semáforo más cercano se encontraba en verde para los coches. Como consecuencia de la colisión, el motorista sufrió lesiones que tardaron en curar 20 días, de los que 15 estuvo impedido para sus ocupaciones y le ha quedado como secuela una cicatriz en una ceja. Además, la motocicleta sufrió daños valorados en 1.677 euros.

Por estos hechos se condenó al peatón por una falta de imprudencia leve a una multa y a pagar al perjudicado como indemnización unos 1.000 euros por los días que tardó en curar de las lesiones, incluyendo los días que estuvo incapacitado; y con 764 euros por las secuelas; además de con la cantidad en la que se han valorado los daños en la moto.

Frente a esta sentencia, la defensa presentó un recurso de apelación, alegando error en la valoración de la prueba, aunque la Sala señala que no se aprecia dicho error y rechaza la absolución del acusado, quien, según la resolución, llegó a admitir en el juicio que no cruzó por el paso de cebra. También desestima que se trate de un accidente por culpa compartida.

Foto del avatar  Hispacolex

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *