Abogados de HispaColex abordan las claves del Convenio Colectivo de Mediación de Seguros en Granada
El Colegio de Mediadores de Seguros de Granada acogió el pasado 4 de noviembre de 2025 una Jornada sobre el «Convenio Colectivo de la Mediación en Seguros», organizada en colaboración con HispaColex Bufete Jurídico. El evento, celebrado en la sede colegial, contó con una muy buena acogida por parte de los asistentes y fue presentado por Laura Molero Pérez, Vicepresidenta y Vocal de Corredores y por José Manuel Jiménez Palomar, Vocal de Formación del CMS de Granada.
Ponentes y Contenido de la Jornada
Los encargados de impartir las ponencias, ambos abogados especializados en Derecho Laboral de HispaColex, fueron Azucena Rivero Rodríguez y Marcelo Gámez Saiz.
1. Permisos Retribuidos y Jurisprudencia Clave
La primera parte de la jornada, a cargo de Azucena Rivero Rodríguez, Socia-Abogada y directora del Departamento de Derecho Laboral de HispaColex, se centró en los permisos retribuidos. Los puntos clave que se abordaron fueron:
- Marco Normativo de Permisos Retribuidos: Se analizó el Estatuto de los Trabajadores (ET) y cómo el Convenio de Mediación de Seguros establece derechos que pueden mejorar, pero nunca reducir, los mínimos del ET.
- Inicio del Cómputo de Permisos (Jurisprudencia Clave): Se expuso la doctrina constante del Tribunal Supremo (TS) que establece que la regla general para el inicio de los permisos (por ejemplo, por fallecimiento o enfermedad grave) es el primer día laborable siguiente al hecho causante. La principal excepción es el permiso por Matrimonio/Pareja de Hecho, que comienza el día del hecho causante y se computa en días naturales.
- Cómputo en Días Laborables: Se reiteró el criterio del TS de que los permisos retribuidos deben computarse en días hábiles o laborables, salvo estipulación contraria del convenio.
- Incompatibilidad con Vacaciones: Se concluyó que los permisos retribuidos no se solapan con las vacaciones ni con los periodos de descanso, ya que su finalidad es justificar la ausencia en un día de obligación de trabajar.
2. Jubilación y Previsión Social Complementaria
La segunda parte, presentada por Marcelo Gámez Saiz, Abogado del Departamento de Derecho Laboral de HispaColex, cubrió varios aspectos de la jubilación:
- Jubilación Ordinaria: Se detallaron los requisitos de edad y cotización para el año 2023, así como el cálculo de la cuantía y la existencia de complementos como el de Brecha de Género.
- Jubilación Anticipada: Se comparó la jubilación anticipada voluntaria (máximo 2 años de adelanto, 35 años de cotización) y la involuntaria o forzosa (máximo 4 años de adelanto, 33 años de cotización).
- Jubilación y Trabajo (Compatibilidad): Se explicaron las figuras de Jubilación Parcial, Flexible y Activa, destacando las novedades de la Jubilación Activa a partir del 1 de abril de 2025.
- Previsión Social Complementaria (Convenio Mediación): Se informó sobre la extinción del antiguo Premio de Jubilación (última aportación el 31 de diciembre de 2025) y su sustitución por el Nuevo Seguro de Aportación Definida, obligatorio a partir del 1 de enero de 2026 para las empresas afectadas.
En la jornada se ha insistido en la obligatoriedad por parte de los colegiados afectados por el convenio colectivo de tener el seguro de aportación definitiva a partir del 01/01/2026 y desde HispaColex Bufete Jurídico se puso a disposición de los colegiados un correo electrónico para el envío de consultas.
Estas jornadas se enmarcan en el Convenio de Colaboración vigente entre la institución colegial y nuestro despacho, por el que existe una estrecha colaboración mutua que viene prestándose desde 2018 entre ambas partes y que se expresa a través de diversas acciones, tales como la prestación de asesoramiento jurídico especializado a mediadores de seguros, la celebración de jornadas técnicas dirigidas a colegiados sobre aspectos legales de actualidad e interés para el colectivo, participación en foros, publicaciones, etc.
