Derecho de Seguros

15/12/2025

¿Es legal que tu aseguradora suba el precio de la prima sin tu consentimiento?

Esta situación se ha vuelto recurrente para muchos tomadores de seguros de hogar y automóvil: la notificación de una renovación con un incremento sustancial en la prima. Las entidades aseguradoras suelen justificar estas subidas aludiendo a factores como la inflación, el aumento de los costes de reparación o una mayor siniestralidad general. Si bien estas razones pueden tener una base económica, la cuestión jurídica fundamental es otra: ¿tiene la aseguradora la potestad de modificar unilateralmente un elemento tan esencial del contrato como es el precio?

A continuación, analizamos el marco legal que regula esta práctica:

1. El Contrato de Seguro pactado no puede alterarse unilateralmente.- El contrato de seguro es, por naturaleza, un acuerdo bilateral que genera obligaciones para ambas partes. El tomador se compromete al pago de la prima y la aseguradora a cubrir el riesgo pactado. Cualquier modificación de un elemento esencial del contrato (como es la prima) requiere un nuevo acuerdo de voluntades. Dejar esta decisión al arbitrio exclusivo de una de las partes contravendría directamente el artículo 1256 del Código Civil, que prohíbe que la validez y el cumplimiento de los contratos queden al arbitrio de uno de los contratantes.

2. A tenor de lo anterior es fundamental distinguir entre dos escenarios completamente distintos:

a) Actualización de la prima (Válida si está prevista en la póliza): Muchos contratos incluyen cláusulas que prevén una actualización anual de la prima vinculada a índices objetivos, como el IPC o índices sectoriales específicos (en la gran mayoría existen tales clausulas). Si el tomador aceptó esta cláusula al firmar la póliza, la actualización es legítima, siempre que se aplique conforme a lo pactado.

b) Subida de prima sin base contractual (Modificación que requiere consentimiento): Si la póliza no contempla un mecanismo de actualización o el incremento aplicado excede notablemente lo que resultaría de dichos índices, no estamos ante una simple actualización, sino ante una novación modificativa del contrato. Para que esta modificación sea válida, es imprescindible el consentimiento expreso o tácito del tomador.

3.  Consecuencias de una subida de prima irregular

Si la aseguradora incumple su deber de preaviso o impone una subida no pactada, el tomador del seguro está amparado por la ley. Las consecuencias son claras:

La modificación no es vinculante: El aumento de la prima se considera no aceptado por el tomador.

Obligación de pago de la prima anterior: El asegurado solo está obligado a abonar el importe de la prima del período anterior, ya que es el único precio válidamente pactado.

Prohibición de suspender la cobertura: La aseguradora no puede suspender la cobertura por el impago de la diferencia, dado que el recibo incrementado no se corresponde con las condiciones contractuales vigentes.

Derecho a la devolución: Si el nuevo recibo ya ha sido abonado, el tomador tiene derecho a reclamar la devolución del importe pagado en exceso.

4. Guía de Actuación para el Asegurado

Si te encuentras ante una subida de prima que consideras injustificada, estos son los pasos recomendados:

Solicita una justificación formal: Contacta con tu aseguradora y solicita por escrito que justifiquen el motivo del incremento y te indiquen la cláusula contractual que lo ampara.

Revisa tu póliza: Comprueba si existe alguna cláusula de actualización de primas y si la subida se ajusta a ella.

Presenta una reclamación formal: Si la respuesta no es satisfactoria, presenta una reclamación por escrito ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad. Es importante dejar constancia de tu disconformidad.

Acude a la vía extrajudicial: Si la aseguradora desestima tu reclamación, puedes elevar tu queja al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), un organismo que vela por la protección de los asegurados.

Valora un cambio de compañía: Paralelamente, es aconsejable comparar ofertas en el mercado. La competencia en el sector asegurador puede jugar a tu favor para encontrar mejores condiciones.

Si bien las primas de los seguros no son inmutables, su modificación no puede realizarse de forma arbitraria. La ley y la jurisprudencia protegen al asegurado, exigiendo que cualquier cambio en las condiciones esenciales del contrato sea comunicado con la debida antelación y cuente con su consentimiento.

Recuerda estas reglas fundamentales:

La aseguradora no puede subir la prima unilateralmente si no está previsto en el contrato.

Debe notificarte cualquier modificación con dos meses de antelación.

Tienes derecho a rechazar la subida y mantener la prima anterior o resolver el contrato.

Conocer tus derechos te permite afrontar la renovación de tus pólizas con seguridad y tomar decisiones informadas para proteger tus intereses.

 En HispaColex Bufete Jurídico estamos a su disposición para ayudarte a defender tus derechos  el ámbito del seguro, y en todo lo relacionado con la responsabilidad civil.

Foto del avatar  Inmaculada Jiménez Lorente HispaColex

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