Derecho de Seguros

31/01/2024

¿Qué es la carencia de un seguro?

El periodo de carencia de un seguro es el tiempo que se ha de esperar, desde que se contrata un seguro, para disfrutar de algunas de las coberturas y servicios adicionales de la póliza. Se trata de una de las condiciones incluidas en algunos de los seguros que genera muchas dudas para los asegurados, por lo que resulta fundamental para evitar los problemas que pueda conllevar su desconocimiento, saber de su existencia.

¿Cuál es la finalidad de la carencia de un seguro?

A través de la carencia se pretende evitar el fraude a las compañías de seguros. Se articula como un mecanismo de protección para evitar que una persona contrate un seguro para solventar una necesidad concreta, accediendo a determinados servicios y una vez resuelto tal incidente o cubierta una determinada necesidad, de por cesada la relación con la entidad aseguradora cancelando el seguro.

La carencia esté presente en algunos tipos de seguros como los de salud, dental, de vida o decesos, siendo diferente sus plazos en función de la póliza contratada.

En una póliza de salud son muchas las coberturas que son efectivas desde el mismo momento de la contratación, pero muchas otras, como pueden ser pruebas diagnósticas especiales o ciertos tratamientos complejos, como procedimientos quirúrgicos, tratamientos especializados, exámenes de diagnóstico o servicios de maternidad, deben superar su correspondiente periodo de carencia antes de poder realizarse.

Por lo general, los periodos de carencia están comprendidos entre los tres meses y un año, siendo de seis meses el periodo de carencia para las intervenciones quirúrgicas y de entre diez a doce meses cuando se van a aplicar métodos de diagnóstico que requieran de tratamientos especiales con utilización de alta tecnología o para la atención a los servicios de maternidad.

En los seguros de decesos si se establece un periodo de carencia, alguna de las coberturas incluidas en el seguro de decesos no estarán vigentes desde el mismo momento de la firma del contrato. Como ejemplo indicar que algunas aseguradoras establecen que para que sus pólizas sean efectivas se pacta una carencia de 30 días o incluso 60 días, fijando incluso un periodo de carencia de hasta un año cuando la causa de la muerte sea un suicidio. Sin embargo, si la causa del fallecimiento se debe a un accidente, en este caso, por lo general, las compañías de seguros no establecen periodos de carencia, porque está claro que el mismo se ha producido de forma fortuita.

¿Puedo eliminar la carencia de mi seguro?

Lo habitual es que el periodo de carencia de un seguro no pueda eliminarse, salvo en las siguientes excepciones:

– Conforme a lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, si se precisa de asistencia de urgencias ante una emergencia, el periodo de carencia del seguro queda eliminado, lo que permite al asegurado acceder a todas los servicios contratados.

– Cuando se trate de un cambio de compañía y la nueva póliza incluya las mismas coberturas que la antigua, habiendo ya transcurrido en esta compañía el periodo de carencia correspondiente. 

¿Qué significa que mi seguro es ‘sin carencias’?

A la vista de todo lo indicado, contratar un seguro sin carencias quiere decir que todas las coberturas y servicios que incluye la póliza podrán ser utilizados por el asegurado desde el primer día (sin tener que esperar, como ocurre cuando sí existe periodo de carencia en el seguro).

Como vemos, es importante tener en cuenta que la carencia puede generar consecuencias para los asegurados, siendo importante entender los términos y condiciones de la póliza y planificar en consecuencia.

En todo caso, para ampliar la información ofrecida o para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar al Departamento de Derecho de Seguros de HispaColex, y su equipo especializado en Granada, Jaén y Málaga que resolverá sus dudas al respecto. También puede contactar con nuestros abogados a través de nuestro formulario de contacto online.

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