Derecho Administrativo

08/07/2026

Reforma del Reglamento General de Circulación

¿Sueles moverte en patinete eléctrico o compartes la vía con ellos? El Reglamento General de Circulación se actualiza con una batería de normas estrictas para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Desde la fijación de una edad mínima para conducirlos hasta la prohibición radical de pisar las aceras, te contamos todas las claves de una reforma que cambia por completo las reglas del juego en la ciudad. 

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, una norma de calado que modifica de forma sustancial el Reglamento General de Circulación

Esta reforma, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2026 , supone un cambio de paradigma en la seguridad vial en España, desplazando el foco histórico centrado en el coche hacia una movilidad urbana inclusiva, sostenible y protectora con las personas.

A continuación, analizamos las novedades más relevantes que afectarán a los conductores, ciclistas, usuarios de patinetes eléctricos y peatones en su día a día.

1. El nuevo blindaje a los «usuarios vulnerables»

Por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, se define explícitamente este concepto. Se consideran usuarios vulnerables a quienes tienen un mayor riesgo de sufrir lesiones graves por sus características físicas (menores, personas mayores o con discapacidad) o por su medio de transporte (peatones, ciclistas, usuarios de VMP-patinetes, motoristas y usuarios de ciclomotores).

Para protegerlos, la norma introduce obligaciones estrictas en carretera:

  • Adelantamientos más seguros: Al adelantar a ciclistas, peatones, ciclomotores o VMP-patinetes en vías interurbanas, el conductor del vehículo a motor estará obligado a reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Además, deberá mantener una separación de 1,5 metros y realizar un cambio completo de carril si la vía dispone de más de un carril por sentido.
  • Distancia de seguridad en ciudad: En entornos urbanos, los vehículos a motor deberán guardar obligatoriamente una distancia mínima de 5 metros respecto a la bicicleta que les preceda en el carril.
  • Vehículos inmovilizados: Al rebasar un vehículo parado por avería, accidente o servicios de urgencia, se deberá reducir la velocidad en 20 km/h y guardar un margen de 1,5 metros.

2. Motocicletas y ciclomotores: Más equipamiento obligatorio

La siniestralidad de este sector ha motivado un endurecimiento de sus medidas de seguridad activa y pasiva:

  • Guantes y calzado: Se obliga al uso de guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado (que cubra todo el pie) en cualquier tipo de vía, tanto para el conductor como para el pasajero.
  • Cascos en ciclomotores: Los cascos de las personas usuarias de ciclomotores deberán estar homologados (bajo el reglamento UNECE R22) y no simplemente certificados. Se establece un periodo de transición de un año para cumplir esta medida.
  • Chaleco reflectante en dotación: Se introduce la obligación de que las motocicletas lleven un chaleco reflectante de alta visibilidad entre sus accesorios obligatorios.
  • Circulación por el arcén: Como medida de fluidez, se permitirá excepcionalmente la circulación de motocicletas por el arcén derecho en situaciones de congestión de tráfico (retenciones), en tramos señalizados, en columna de a uno y a una velocidad máxima de 30 km/h.

3. Bicicletas y Vehículos de Movilidad Personal (VMP)-Patinetes

La norma impulsa de forma decidida el uso de la bicicleta y los patinetes eléctricos (VMP) en las ciudades mediante un nuevo Título VI dedicado exclusivamente al ámbito urbano.

En bicicleta:

  • Uso preferente del carril: Circularán por la calzada y preferentemente por el centro del carril para garantizar su seguridad.
  • Maniobras permitidas: Se autoriza a los ciclistas a rebasar vehículos por la derecha o la izquierda en retenciones o semáforos para alcanzar la línea de parada adelantada. Asimismo, los ayuntamientos podrán permitir la circulación en doble sentido en calles limitadas a 30 km/h.
  • Casco para profesionales: Quienes trabajen utilizando la bicicleta deberán llevar casco obligatoriamente durante toda su jornada laboral, también en ciudad.

En patinetes eléctricos (VMP):

  • Edad mínima: Se fija en 15 años la edad mínima para poder conducir un VMP en espacios públicos.
  • Prohibición absoluta en aceras: Queda radicalmente prohibido su tránsito por las aceras urbanas. Además, se restringe su circulación por vías interurbanas, salvo que se trate de vías ciclistas específicas.
  • Casco y luces siempre encendidas: El uso del casco pasa a ser obligatorio para todos los usuarios de VMP , y deberán llevar el alumbrado permanentemente encendido (esta última medida será exigible transcurrido un año).

4. Transformación urbana: Peatones y «Caminos Escolares Seguros»

El peatón recupera la prioridad absoluta en los entornos urbanos. Las aceras quedan consagradas como espacios de estancia y movilidad exclusiva para viandantes , limitando además la capacidad de los ayuntamientos para permitir el estacionamiento de motos en ellas.

Como grandes novedades de diseño urbano:

  • Plataformas únicas: Se regulan las zonas con calzada y acera al mismo nivel, donde el peatón tiene total prioridad en cualquier punto.
  • Caminos escolares seguros: Se dota de cobertura estatal al diseño de rutas protegidas para que los menores acudan al colegio a pie o en medios no motorizados, con medidas específicas de calmado del tráfico y restricciones a vehículos de motor.

5. El nuevo «Carril de Emergencia» en autopistas

En línea con otros países de la Unión Europea, el reglamento introduce una norma de conducta crucial en caso de retención en autovías o autopistas: cuando el tráfico se detenga o circule a paso de peatón, los conductores deberán orillarse a los lados para crear de forma automática un «carril de emergencia».

  • Si la vía tiene dos carriles, el espacio se abrirá en el centro.
  • Si tiene tres o más carriles, se abrirá entre el carril de la extrema izquierda y el contiguo.

Conclusión de HispaColex: Esta reforma nos sitúa ante un escenario de convivencia vial que exige una actualización inmediata de nuestras conductas al volante. El endurecimiento de las sanciones por el incumplimiento de estas nuevas distancias y velocidades de seguridad (catalogadas en su mayoría como infracciones graves) aconseja extremar la precaución y conocer al detalle el nuevo marco legal.

Si tienes cualquier duda sobre cómo afecta esta normativa a tu actividad profesional o personal, el equipo de seguridad vial y derecho administrativo de HispaColex está a tu plena disposición.

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