Asesoría de Empresas

24/09/2014

Retenciones al 15% para determinados profesionales

Requisitos para las retenciones sobre los rendimientos de actividades.

Autor: HispaColex

El Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio recoge una serie de medidas legislativas de carácter urgente para dar forma al Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia, aprobado por el Consejo de Ministros; que pretende, como principales objetivos, impulsar la flexibilidad de los mercados y recuperar la competitividad de la economía española.

Como consecuencia de dichas medidas, el porcentaje de retenciones sobre los rendimientos de actividades profesionales será del 15%, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el volumen de rendimientos íntegros correspondiente al ejercicio anterior sea inferior a 15.000 €.
  • Que el porcentaje de rendimientos de actividades profesionales suponga más del 75% del total de rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

Además, las retenciones para autónomos se reducirá del 21% al 20% en 2015, y al 19% en 2016.

Como apunte adicional, la normativa exige que estos profesionales comuniquen escrito al pagador de los rendimientos que cumplen los requisitos, quedando éste obligado a conservar dicha comunicación.

Para resolver cualquier duda al respecto, puede consultar con nuestro equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga.

También puede contactar con nuestros profesionales vía online a través de la oficina virtual.

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