Derecho Laboral

22/05/2012

Los ingresos gananciales deben computarse al 50% para solicitar la prestación para mayores de 52 años

Ingresos gananciales en el régimen económico matrimonial.

Autor: HispaColex

Así, la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia STS 9153/201 de 2 Dic. 2011, se refiere a un trabajador y su esposa, que están casados en régimen económico matrimonial de gananciales, declarando el alquiler de un piso que fue arrendado.

En base a los ingresos del alquiler de la unidad familiar (de el y de su esposa), el Servicio Público de Empleo Estatal le denegó al trabajador el subsidio de desempleo para trabajadores mayores de 52 años.

El articulo 215.1.1 de la LGSS establece el límite de rentas del 75% del salario mínimo interprofesional y se refiere exclusivamente a los ingresos del solicitante del subsidio, no a los de la esposa u otros miembros de la unidad familiar, por lo que no es correcto sumar, a efectos de determinar el nivel de rentas del solicitante del subsidio, los ingresos propios de éste con los de su esposa, cuando consta que se trata de los rendimientos obtenidos del alquiler de un bien inmueble que no pertenecía en exclusiva al solicitante, sino que había sido adquirido por la propia sociedad de gananciales. Lo procedente es aplicar la asignación de estos ingresos en función de la cuota teórica del 50%

La sentencia reconoce los derechos del trabajador a percibir el subsidio asistencial de desempleo para mayores de 52 años en la cuantía del 80% del indicador público de rentas de efectos múltiples vigente en el momento de la solicitud, con las actualizaciones que procedan y con abono a de las cotizaciones por jubilación que correspondan, y condena al Servicio Público de Empleo Estatal al abono de esta prestación.

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2 comentarios

  • DAM dice:

    Me han extinguido el subsidio por perdida de requisitos, rentas

    soy el titular de un bien privativo heredado en alquiler, cuando adquiri este bien ya estaba casado en gananciales,imputando las rentas a la mitad no supero el 75 % del SMI.me reclaman un cobro indebido de tres años.Sobre los RD 625/1985 y 200/2006 que dice en su articulo 7 que,los beneficios de la explotacion de un bien de uno de los conyuges en gananciales se imputan a la mitad,Que hay de cierto en esto porque hasta el dia de hoy El SPEE lo ignora o lo desconoce en mis reclamaciones previas,y me siguen negando el subsidio.

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