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13/02/2020

La cancelación Mobile World Congress y el concepto de “fuerza mayor”

“La organización  ha manifestado que la cancelación de la edición de 2020 se debe a una situación de “fuerza mayor” debido a la epidemia de coronavirus y creen que este hecho les exonerará de responsabilidades económicas”


Hemos recabado la opinión de nuestro Consejero Académico, Javier Maldonado Molina, Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Granada, sobre esta situación y especialmente sobre el alcance de la “fuerza mayor” que aduce la organizadora. Estas han sido sus palabras.

“El concepto de “fuerza mayor”, como circunstancia susceptible de excusar de cumplir un contrato sin responsabilidad alguna, ha vuelto a retomar actualidad después de que la GSMA Association, organizadora del Mobile World Congress de Barcelona, haya decidido cancelar la edición de este año alegando hacerlo por una situación de “fuerza mayor”, en base a que si bien en España no existe una declaración de emergencia sanitaria, sí cuentan “con declaraciones de centros de prevención europeos de control de enfermedades que dicen que es importante limitar o reducir las reuniones con tantos participantes”.

La expresión “fuerza mayor” hace referencia a un acontecimiento que no sólo es imprevisible, sino que aun cuando se hubiera previsto, habría sido inevitable, y que se origina fuera del ámbito de la empresa incumplidora, siendo algo ajeno al funcionamiento de la misma. Los tribunales sólo vienen reconociendo su existencia en casos muy excepcionales, como ciertos fenómenos de la naturaleza, huelgas prolongadas o hechos violentos ajenos a la empresa, etc. Por otro lado, en los contratos mercantiles, en especial en los de cierta envergadura y de carácter internacional, es frecuente precisar los supuestos en los que se debe entender que concurre la “fuerza mayor”.

Habida cuenta que ni las autoridades sanitarias españolas ni las internacionales han prohibido la celebración de acontecimientos de carácter internacional, que de hecho se siguen desarrollando con normalidad, las reclamaciones por los numerosos daños que genera la cancelación, son previsibles e inevitables.


Recuerda que…

Son muchos empresarios los damnificados por esta cancelación que no sólo van a reclamar por los gastos efectivamente realizados en alojamiento, viajes y reserva de stand en esta Feria internacional, sino también por el lucro cesante, pues han perdido una oportunidad de negocio que de ser cuantificada también puede ser indemnizable.

En HispaColex somos especialistas en la defensa de todos aquellos supuestos donde pueda existir una responsabilidad, ya sea contractual o extracontractual, haciéndonos cargo del asesoramiento legal necesario para hacer frente a cualquier tipo de reclamación por daños de quienes pudieran verse implicados en este tipo de incidentes.

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