Recortes de prensa

recortes-prensa

28/12/2017

La Gaceta Jurídica de la Empresa Andaluza: La importancia de contar con un seguro para altos directivos

Autor: Mª del Carmen Ruiz-Matas Roldán. Socio-Abogada. Dpto. de Derecho de Seguros de HispaColex Bufete Jurídico.

El seguro para altos directivos está dirigido a cubrir el riesgo creado dentro de su actividad profesional por gerentes, directivos, consejeros o administradores de empresas, y ello en aras a garantizar su responsabilidad personal y proteger su patrimonio frente a reclamaciones de terceros (proveedores, acreedores, empleados, accionistas…) derivadas de sus decisiones empresariales o las realizadas por su propia empresa.

El tomador del seguro es la empresa para la que trabaja el alto directivo, mientras que el asegurado será el administrador u alto cargo, por lo que se trata de un contrato de seguro de los calificados por cuenta ajena. En este sentido y en aras a extender la protección de dicho seguro a otros posibles responsables, deberá constar expresamente como asegurados cualquier administrador o directiv o  de hecho,  que aunque no conste como tal expresamente en los estatutos de la sociedad, en la práctica desempeñe funciones de alta dirección, puesto que pueden resultar civilmente responsables frente a terceros.

A la hora de destacar cuáles son las coberturas más importantes que ofrece este tipo de seguros, debemos incidir en todas las reclamaciones por responsabilidad civil generadas por los errores o negligencias cometidas en la gestión empresarial, tales como los producidos durante el proceso de constitución de la Sociedad o por actos en entidades externas o participadas. Del mismo modo una de las coberturas fundamentales a tener en cuenta en el seguro de altos directivos es la destinada a cubrir gastos de defensa, fianzas y gastos por aval concursal. Estos gastos constituyen en la mayoría de las ocasiones elevadas cuantías para la sociedad que imponen la necesidad de contar con una cobertura específica, pues la inexistencia de la misma puede causar un grave problema para la liquidez de la misma.

La necesidad de contar con un seguro de este tipo debe concebirse desde la idea general de la autoprotección y prevención en la empresa, pues la solvencia en un negocio depende muchas veces de su capacidad de aseguramiento.

 

Acceso al contenido de la publicación

Foto del avatar  Abogados en Granada, Málaga y Jaén

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *