Derecho de Seguros

17/07/2026

Reclama tu seguro de vida hipotecario de prima única

Si firmaste una hipoteca en los últimos años, es muy probable que el banco te pusiera una condición: contratar un seguro de vida. Pero no un seguro cualquiera, sino uno de «prima única financiada». Esto significa que, en lugar de pagar mes a mes o año a año, te cobraron todo el seguro de golpe, incluyendo ese gasto dentro del préstamo, por lo que terminaste pagando intereses también por el seguro.

La clave de todo este asunto es la falta de transparencia. Los bancos, en muchas ocasiones, no explicaron a los clientes cuánto costaba realmente ese seguro, ni les dieron la opción de contratarlo con otra compañía que fuera más económica, imponiéndolo dentro de un «paquete» indivisible.

Pues bien, el Tribunal Supremo, en su sentencia n.º 913/2026, de 11 de junio, ha declarado nula la prima única de los seguros vinculados a las hipotecas, poniendo de este modo fin a una de las prácticas más gravosas de la banca en la contratación hipotecaria, declarando que esta práctica es abusiva y nula, representado esta resolución no solo una victoria moral para los prestatarios, sino que establece las bases de un marco jurídico para reclamar cantidades de sobrecoste injustificado.

El litigio que ha motivado este pronunciamiento se remonta a enero de 2017. Un consumidor suscribió un préstamo hipotecario de 151.547,62 euros. Sin embargo, la entidad bancaria detrajo directamente del capital concedido la suma de 24.467,62 euros para el pago de un seguro de vida con una aseguradora de su propio grupo, siendo lo relevante que esta operación no figuraba de forma transparente en la escritura principal, destacando el Tribunal Supremo al respecto en tal resolución:

«la escritura de préstamo no contenía mención alguna al contrato  de seguro, el cual solo aparecía referenciado de forma aislada como una orden de transferencia. Esta ocultación impidió que el consumidor conociera la Tasa Anual Equivalente (TAE) real de su operación y, por tanto, el coste real de la financiación que asume».

Al financiar la prima dentro del préstamo, el cliente no solo pagaba el seguro por adelantado para toda la vida de la hipoteca, sino que además pagaba intereses remuneratorios sobre el importe de dicha prima, elevando el coste final de forma exponencial, siendo el núcleo del conflicto por lo tanto el pago de prima única y su ocultación

El Alto Tribunal fundamenta la nulidad en el grave desequilibrio que esta práctica genera. La entidad financiera no ofreció alternativas, como la contratación de un seguro de prima anual renovable, ni permitió que el cliente buscara pólizas en otras compañías con coberturas equivalentes.

Tres son los motivos principales por los que procedería la anulación de estos seguros:

  • La falta de libertad de elección: No te dejaron elegir la aseguradora. Normalmente, te imponían la compañía del propio grupo del banco.
  • El sobreprecio: Al ser una prima única por 15 o 20 años pagada por adelantado, el coste es mucho más elevado que si contrataras un seguro anual renovable en el mercado libre.
  • Los intereses abusivos: Al financiar la prima dentro de la hipoteca, el banco gana dinero dos veces: por la venta del seguro y por los intereses que te cobra sobre ese dinero que te entregó para pagar el seguro.

Las consecuencias jurídicas y económicas de la sentencia, declarando nula la cláusula del seguro, conllevan la obligación de la entidad financiera de restituir la situación al momento anterior a la práctica abusiva, lo que implica:

– La Devolución de la prima: El banco debe reintegrar el importe de la prima única cobrada. El banco debe devolverte el dinero que pagaste por el seguro. No obstante, el Tribunal Supremo introduce un matiz, pues al haber estado  el cliente cubierto por el seguro hasta la firmeza de la sentencia, se deducirá de la devolución la parte proporcional de la prima correspondiente al tiempo de cobertura ya consumido.

-Intereses: Se deben abonar los intereses pactados desde la fecha del cobro. También deben devolverte los intereses que has pagado en tus cuotas mensuales por haber incluido ese seguro en el capital del préstamo.

-Recálculo del préstamo: Al eliminarse la financiación de la prima del capital principal, el cuadro de amortización debe ser reajustado, eliminando los intereses cobrados. De este modo la deuda pendiente bajará, ya que el capital que te prestaron para el seguro desaparecerá de tu cuenta. 

Si crees que te encuentras en este supuesto, en HispaColex, como despacho especializado en el Departamento de Seguros, te asesoraremos y ofreceremos el apoyo legal necesario para defender tus intereses. 

Foto del avatar  Raquel Ruiz García - HispaColex

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