Derecho Administrativo

05/12/2017

La nueva Inspección Técnica de Vehículos

 

Autor:

Plácido Ladrón de Guevara Hernández

El 20 de mayo de 2018 estrenaremos una nueva ITV desarrollada en el Real Decreto 563/2017, que se verá reforzada en algunos puntos, como consecuencia de los fraudes para evitar el control de gases y que también será más flexible en otros para adaptarse a la Directiva UE 2014/45 de la Unión Europea.

Las principales modificaciones con que cuenta serán las siguientes:

  •  Más controles en la emisión de gases: herramientas de lectura de diagnóstico conectados a los ordenadores de abordo (mediante puerto OBD) incluidos en los vehículos para así analizar el sistema de seguridad del coche. Podrán detectar “software malicioso” o manipulación. Además, se exigirá que los inspectores dispongan de la titulación de Técnico Superior de Automoción.
  • Validación UE: el certificado emitido por países de la Unión Europea será válido y no será necesario pasar una nueva revisión en casos de importación de vehículos que tengan la ITV ya pasado en un país miembro.
  • Se puede adelantar la ITV: se puede adelantar hasta un mes el paso por la ITV y esto no supondrá un cambio en la fecha del vencimiento.
  • Flexibilidad para segundas revisiones en otro centro ITV: si el resultado de la primera revisión resulta desfavorable, se podrá acudir a cualquier otro centro para repetirla después de arreglar los desperfectos, no siendo ya obligatorio que sea el mismo centro.
  • Ampliación de la consideración de vehículo histórico: cualquier vehículo con 25 años, ya se consideraba como matrícula histórica, para adaptarse a la normativa europea, se amplía a 30 años. No obstante esto no supondrá la pérdida de beneficios fiscales.

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