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09/05/2023

Las agencias de viajes andaluzas pueden recibir hasta 20.000 euros


La Junta de Andalucía ofrece importantes ayudas con la finalidad de contribuir a mantener a estas empresas por el impacto económico que ha generado la pandemia provocada por el COVID-19 y las medidas adoptadas para contenerla, ayudando a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo y, por tanto, la destrucción de empleo, siempre y cuando no se superen las necesidades de liquidez de la empresa.

Plazo de solicitud

 Fecha inicio: 04/05/2023
 Fecha fin: 03/06/2023

Cuantía de la subvención

La subvención consistirá en una cuantía máxima, en función del número de trabajadores por cuenta ajena de alta en seguridad Social a fecha 13 de marzo de 2020 conforme al siguiente baremo:

·         Sin trabajadores  – Hasta 3.000€

·         De 1 a 9 trabajadores – Hasta 10.000€

·         De 10 o más trabajadores – Hasta 20.000€

Gastos subvencionables

Deben de haber sido realizados y pagados entre el 14/03/2020 y el 31/12/2021.

  • Materias primas y otros inputs para manufacturas.
  • Existencias.
  • Alquileres.
  • Suministros tales como agua, electricidad, telefonía y gas.
  • Gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de Seguridad Social.
  • Seguros de daños y Responsabilidad Civil.
  • Limpieza.
  • Mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad.
  • Seguridad.
  • Asesoría fiscal, laboral y contable.
  • Medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por el COVID, tales como equipos de protección, mamparas y pruebas COVID.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Autónomos y PYMES dedicados al sector de las agencias de viajes andaluzas.

 Requisitos

  • Desarrollar su actividad con anterioridad a la fecha del 14/03/2020.
  • Centro productivo y domicilio fiscal en Andalucía.
  • Inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía con código de inscripción de Andalucía, o en caso de establecimientos franquiciados, que estén anotados en dicho Registro.
  • Caída de ventas de al menos un 20% en el ejercicio 2021 respecto al ejercicio 2019.
  • No ser una empresa en crisis a 31 de diciembre de 2019.

En todo caso, para resolver cualquier duda en materia de subvenciones y guiarte en el proceso de solicitud o tramitación, puedes contactar con nuestro equipo de profesionales especializados en gestión de subvenciones a través del correo: subvenciones@hispacolex.com

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Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

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