Derecho Penal

17/10/2011

Conducir sin puntos en el carnet: si tienes un carnet extranjero en vigor no es delito

Lo que dice el Código Penal de conducir sin carnet.

Autor: HispaColex

El Código Penal Español en su Artículo 384 establece: “El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.”

La redacción del mismo ha provocado algunas situaciones cuando menos reprobables, pues no tratan con igualdad a todos los usuarios de vehículos en España. Pondremos como ejemplo dos situaciones iguales pero con resultados totalmente dispares. Un conductor con permiso de conducción Español que comete una serie de infracciones que desembocan en la pérdida de puntos, en caso de ser sorprendido circulando podrá ser castigado conforme al Art. 384 del Código Penal a la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. Mientras que un conductor que además de poseer el permiso de circulación español posee el permiso de circulación de otro país del mundo, válido o no en España, si pierde todos los puntos de su permiso de circulación en España, podría seguir circulando, sin miedo a una sanción penal, al no cumplir con los requisitos del Art. 384 de Código Penal.

La redacción del mismo, provoca que un conductor con permiso de conducir extranjero, mientras conserve el mismo, nunca podrá ser sancionado penalmente a pesar de haber perdido todos los puntos de su permiso Español.

Esta situación nos plantea si el bien jurídico que se trata de proteger en el Título XVI, capítulo IV “Delitos contra la seguridad vial” que es la seguridad vial no se encuentra vacío de contenido al permitir que por tener en vigor un permiso extranjero no se cumpla el tipo a pesar de haber realizado méritos suficientes para cumplirlo al haber perdido sus puntos del permiso de circulación español.

Dicha redacción garantiza al poseedor de un permiso de circulación extranjero impunidad penal ante la pérdida de puntos.

Esta impunidad existe en el ámbito penal no es óbice para la existencia de la sanción administrativa.

Capítulo a parte y como aclaración, es que tanto la conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes,…, y de bebidas alcohólicas, como el exceso de velocidad tienen su tipo penal específico, por tanto estos comportamientos siempre son exigibles a su autor y conllevan sanción penal exista o no otro permiso de conducción. Eso si una vez satisfecha la pena impuesta, la retirada de carnet quedaría vacia de contenido para los poseedores de un permiso extranjero.

Toda esta construcción teórica, está siendo confirmada por los juzgados españoles tal y como ha sucedido en el Juzgado de lo Penal número 3 de Santander en su sentencia del 3 de junio de 2011, señala que, a pesar de la vigencia del permiso español al tener retirados todos los puntos, el hecho de tener vigente uno francés le excluye del delito por conducción sin permiso y de la multa impuesta.

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7 comentarios

  • Javier dice:

    Hola, queria saber si ha habido mas casos en este sentido. Si se inicia el procedimiento de perdida de carnet y lo canjeas por otro comunitario sin que sea firme la perdida del carnet, dicho canje es valido? Yo lo canjee en Agosto y en Marzo del siguiente año la dgt lo inscribe en su registro aunque les habian notificado 10 meses antes. 10 dias antes de dicho registro de canje se daba por firme la perdida del carnet. Y ahora la dgt me dice que haga el curso de recuperacion y me canjean de vuelta el carnet comunitario por el español. Lo que me hace sospechar que mi carnet comunitario es valido hasta que la autoridad que lo expidio diga lo contrario no? Y que segun la jurisprudencia a la que señalais puedo seguir conduciendo
    Muchas gracias

  • Juan Manuel Lopez dice:

    Hola muy buenas me gustaria que me aclaraseis una duda que me da muchos dolores de cabeza desde hace años y a la que nadie sabe darme respuesta…os cuento mi caso:
    Yo tengo 29 años y todavia no me e sacado el carnet de conducir por varias razones.El caso es que con 18 años me compre el coche antes de sacarme el carnet y lo fui dejando lo fui dejando hasta que un dia cometi varias infracciones por las cuales las guardia civil me puso 2 multas y en cada una de ellas me retiraban 6 puntos.
    Bueno yo no preste mucha atencion porque como no tenia carnet pense que no me afectaria pero no fue asi porque a la hora de querer sacarmelo me informe y me di cuenta de que primero tenia que hacer un curso de recuperacion de puntos antes de poder examinarme…
    El caso es que por motivos laborales me fui a vivir a francia y tuve que dejar el tema un poco aparcado y bueno ahora que llevo 2 años viviendo en francia me veo capacitado para sacarme el carnet en una autoescuela francesa pero tengo la duda de si me intento sacar el carnet aqui,no me dejen examinarme porque descubran que tengo una retirada total de puntos en españa y me da miedo pagar los 1300 € que vale aqui la autoescuela y que no me dejen pasarlo.
    Pensareis que deberia ir a españa a hacer el curso primero pero por motivos laborales y economicos no puedo irme 2 o 3 semanas.
    la gran pregunta es: ¿ PUEDO SACARME EL CARNET DE CONDUCIR EN FRANCIA SIN QUE SE DEN CUENTA DE MI PROBLEMA EN ESPAÑA??
    Y EN CASO DE PODER HACERLO, ¿ PODRIA CONDUCIR CON MI CARNET FRANCES TRANQUILAMENTE POR ESPAÑA SIN MIEDO A QUE ME PAREN Y ME LLEVEN DETENIDO??
    ESPERO QUE ME AYUDEIS CON ESTA GRAN PROBLEMA QUE ME A DEJADO 10 AÑOS SIN CONDUCIR MUCHAS GRACIAS

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Estimado Juan Manuel:

      El que no tengas puntos, significa que tendrías que hacer el curso de sensibilización previo para poder examinarte del carnet en España. Pero esto no te inhabilita para poder sacarte el carnet en Francia.

  • Antonio (y dice:

    Buenas tardes

    Me gustaría saber si se puede conducir en el extranjero sin puntos en el carnet español.

    Si es normal y/o posible que se compruebe este tipo de datos entre paises.

    Muchas gracias

  • José Torres dice:

    Buenos días,
    Yo me quede sin puntos en el carnet español, desde hace un año vivo en Uruguay y me saque aquí el carnet de nuevo.
    Quería saber si puedo conducir en España con este carnet durante un mes que voy a estar de vacaciones.
    Muchas gracias

  • carlos dice:

    Buenas tardes me retiraron el carnet durante 8 meses y el otro día me paro un guardia urbano y me puso una multa me dijo que tenia que recuperar los puntos ( yo no lo sabia) mi pregunta es saber que podría pasar si me parasen otra vez antes de haber echo el curso de recuperación. Gracias.

    • Foto del avatar HispaColex dice:

      Carlos, conducir sin carnet no solo supone una infracción vial grave en el ámbito administrativo, sino que además es un delito castigado y penado en el Código Penal pudiendo llegar a ser condenado con pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la Comunidad.

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