HispaColex logra la exoneración de más de dos millones de euros en deudas para un matrimonio de jubilados granadinos
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada ha concedido la exoneración íntegra del pasivo insatisfecho a un matrimonio de jubilados granadinos que arrastraba una deuda superior a los dos millones de euros. El éxito de este procedimiento, dirigido por el equipo legal de HispaColex Bufete Jurídico, demuestra una vez más la eficacia de la Ley de Segunda Oportunidad como un mecanismo de protección indispensable para aquellos que ven comprometido su futuro económico por avales empresariales.
Los beneficiados, un matrimonio de empresarios jubilados, se vieron arrastrados a una severa crisis económica debido al sobreendeudamiento provocado por los avales personales que contrajeron en su momento para asegurar la viabilidad de dos sociedades de las que eran titulares.
Tras la imposibilidad de las mercantiles de hacer frente a sus obligaciones, estas entraron en procesos de reestructuración. Como consecuencia:
- Las entidades bancarias exigieron el vencimiento anticipado de los préstamos.
- Se reclamó judicialmente la deuda de forma directa a los avalistas.
- El pasivo total generado ascendió a más de 1,3 millones de euros para el marido y 814.709 euros para la esposa.
Ante la clara insuficiencia de bienes embargables —ya que los ingresos del matrimonio se limitaban a pensiones inembargables y activos de valor nulo o residual—, la representación legal de HispaColex presentó en noviembre de 2025 una solicitud de declaración conjunta de concurso de acreedores voluntario sin masa.
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada admitió a trámite la solicitud y declaró el concurso voluntario sin masa. Tras publicarse el edicto judicial en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Registro Público Concursal, y transcurrido el plazo legal sin que ningún acreedor solicitara el nombramiento de un administrador concursal ni presentara alegaciones, HispaColex pidió formalmente la conclusión del procedimiento.
A finales de abril, el magistrado concedió de forma íntegra la exoneración a ambos cónyuges. El auto judicial ha ordenado el archivo definitivo de las actuaciones y la obligación de los acreedores de comunicar la exoneración a los ficheros de morosos y sistemas de información crediticia para la actualización inmediata de los registros y la total liberación del matrimonio.
El aval personal en empresas: una opción clave pero desconocida
Javier López y García de la Serrana, director de HispaColex y Mercedes Rull García, socia y abogada del Dpto. de Derecho Mercantil-Concursal de la firma, que han ejercido la defensa del matrimonio, subrayan el impacto social y económico que tiene esta normativa en el ámbito corporativo: “No solo los autónomos, sino los empresarios que han avalado personalmente y contraído créditos para salvaguardar su empresa pueden verse también beneficiados por esta figura. Es una opción un poco desconocida de la Segunda Oportunidad».
La Ley de Segunda Oportunidad, regulada en el texto refundido de la Ley Concursal, se ha convertido en una auténtica tabla de salvación financiera gracias a las modificaciones introducidas en 2022, las cuales han agilizado notablemente la tramitación de los concursos sin masa. Para optar a ella, el deudor debe actuar de buena fe (sin endeudamientos temerarios ni antecedentes penales o sanciones graves) y someterse previamente al procedimiento concursal pertinente.
De este importante logro se ha hecho eco la prensa: IDEAL
Para ampliar esta información puedes escuchar el podcast de radio en la cadena COPE en el que la letrada Mercedes Rull García nos explica con detalle lo acontecido.
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