Derecho Civil-Mercantil

18/06/2025

HispaColex logra sentencias favorables en el cártel de coches

  • ¿Qué es el cártel de coches? 

Cuando hablamos de cartel de coches, hacemos referencia a un acuerdo ilegal entre fabricantes de automóviles que operó entre febrero de 2006 y agosto de 2013 para fijar precios de venta de vehículos, tanto en España como en la Unión Europea. 

Para la formalización de esos acuerdos se produjo un intercambio de información confidencial, comercialmente sensible. Y este acuerdo impidió que el consumidor se pudiera beneficiar de la competencia natural del mercado.

  • ¿Qué efecto produjo el cártel de coches?

Los consumidores que compraron vehículos durante el referido periodo de cartel, pagaron un precio más elevado de lo que debían. Esta conducta ilícita de los fabricantes ha influido en la fijación del precio final de venta establecido por cada concesionario, causando un daño a los adquirentes en forma de sobreprecio.

Los compradores tuvieron que hacer frente a un sobreprecio en la compra de sus vehículos. Si no hubiera existido este acuerdo, el precio de los vehículos adquiridos habría sido el resultante de la libre competencia y por tanto inferior al de adquisición.

Es decir, la causa por la que el consumidor ha sufrido daños reside en la actuación ilícita de los fabricantes de vehículos.

  • Pronunciamiento de los Tribunales al respecto.

El 23 de julio de 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dictó resolución considerando las conductas llevadas a cabo por los fabricantes de automóviles contrarias al derecho de la competencia, sancionando a cada una de las sociedades integrantes del cártel.

Cada una de las entidades formuló un recurso frente a dicha resolución. Y la Sala de lo Contencioso – Administrativo de la Audiencia Nacional, desestimó los recursos interpuestos y confirmó la resolución de la CNMC. Frente a estas Sentencias se interpuso recurso de casación por las mercantiles afectadas, confirmando el Tribunal Supremo la resolución de la CNMC.

Ante esta sanción se abre la posibilidad de que los consumidores afectados puedan reclamar una indemnización por el sobreprecio que pagaron. 

  • ¿Qué documentación resulta necesaria para poder reclamar?

Debes disponer de la factura de compra del coche, el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo.

Si no dispones de estos documentos se puede acreditar la adquisición del vehículo aportando otros documentos tales como; justificante de pago del precio, informe completo de la DGT, el justificante del encargo/pedido del coche.

Además, resulta imprescindible disponer de un informe pericial que cuantifique el daño sufrido/ el sobrecoste pagado por la adquisición del vehículo. 

  • ¿Qué proceso se debe seguir para reclamar?

Desde HispaColex nos encargamos de revisar la documentación para verificar que efectivamente tu vehículo se encuentra afectado por el cártel de coches, pues dependiendo de la marca del vehículo el periodo afecto varía. 

Una vez verificamos que tu vehículo se encuentra afectado por el cártel de coches y que posees toda la documentación necesaria, el siguiente paso es encargar a un perito la valoración del sobrecoste. 

Cuando tenemos este informe, procedemos a su reclamación vía extrajudicial al fabricante. Si no obtenemos respuesta favorable, el siguiente paso es la interposición de una demanda. 

En HispaColex Bufete Jurídico ya hemos obtenido sentencias favorables que condenan al fabricante a indemnizar al adquirente del vehículo por el daño sufrido a consecuencia del cartel, más los intereses generados desde la adquisición del vehículo y con condena en costas a la entidad demandada, es decir, asumen los gastos judiciales. 

Para conocer si tu vehículo se encuentra afectado por este cártel puedes contactar con nosotros llamando al 958 200 335 o a través de nuestro formulario de contacto online.

Foto del avatar  Alba María Jurado Maldonado - HispaColex

Si tiene dudas sobre como aplicar este artículo a su caso, puede realizarnos una consulta a través de nuestro formulario

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