Derecho Civil-Mercantil

04/10/2021

La Golden Visa en España: autorización de residencia para inversores extranjeros


Una de las formas en las que un ciudadano de un tercer país puede obtener el permiso de residencia en España es a través de la realización de una inversión significativa en nuestro país, a través de lo que coloquialmente se conoce como la Golden Visa.

 Son varios los países europeos que conceden este tipo de visados o permisos de residencia, entre ellos Italia, Portugal, Austria, Bélgica, Grecia, Chipre, Malta, y como no, España.

En nuestro país, la Golden Visa puede materializarse a través de la Autorización de residencia para inversores extranjeros.

Así, podrán solicitar esta autorización de residencia los extranjeros que se propongan realizar una inversión significativa de capital en España, la cual suponga al menos:

1.- Una inversión inicial por un valor igual o superior a:

  • 2 millones de euros en títulos de deuda pública español;
  • 1 millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio;
  •  1 millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España;
  • 1 millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.

2.- La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.

3.- Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general por creación de empleo, inversión con impacto socioeconómico de relevancia o innovación científica/tecnológica.

Podrá obtener la autorización de residencia para inversores un representante, designado por el inversor y debidamente acreditado.

En cuanto a la duración del permiso, inicialmente la autorización será de dos años. Una vez cumplido dicho plazo, aquellos inversores extranjeros que estén interesados en residir en España por una duración superior podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por períodos sucesivos de cinco años, siempre y cuando se mantengan la invesrión que les dio derecho a solicitar la autorización.

Si la inversión se lleva a cabo por un matrimonio en régimen de gananciales o situación análoga y la cuantía no asciende, al menos, al doble de las cantidades anteriormente descritas se considerará que ha sido efectuada exclusivamente por uno de  los cónyuges, pudiendo el otro cónyuge solicitar una autorización de residencia como familiar.

Desde HispaColex podemos ayudarte y asesorarte no sólo en la realización de los trámites para obtener este permiso de residencia, sino también en asesoramiento legal para la realización de los trámites necesarios para la mencionada inversión, contando con una amplia red profesionales que podrán asistirle en su compra de deuda pública, acciones o participaciones de sociedades de capital españolas, inversión en fondos y apertura de depósitos bancarios, así como en la adquisición de bienes inmuebles en España, o la elaboración del oportuno proyecto empresarial.


En todo caso, para resolver cualquier duda sobre este contenido, puede consultar al Departamento de Derecho Civil-Mercantil de Hispacolex, a través del siguiente formulario de consultas online.

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