Derecho de Seguros

22/02/2019

Daños causados por agua y el seguro de hogar, ¿qué hacer?

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Abogados Derecho de Seguro de Hogar: Daños por agua


Autor: Cecilia García

Los daños causados por agua son un problema bastante común en los hogares españoles. De hecho, más de un tercio de los siniestros de los que se da parte al seguro de hogar son daños por agua. En este artículo analizamos el supuesto en el que una vivienda, que forma parte de una Comunidad de Propietarios, sufre filtraciones o humedades, como consecuencia de una avería producida en elementos privativos de otra vivienda, perteneciente a la misma Comunidad de Propietarios, o una avería en elementos comunitarios.


Cuando se habla de daños por agua en términos de coberturas de los seguros de hogar, nuestro seguro, normalmente, cubre los daños que se producen en los bienes asegurados por derrames accidentales o fugas, procedentes de instalaciones y conducciones fijas, propias o de terceros, o de aparatos electrodomésticos, así como la localización y reparación de la tubería dañada, y también los debidos a filtraciones, omisión del cierre de válvulas, grifos o llaves de paso o, incluso, al desajuste de estos últimos.

Los daños en nuestra propia casa y su cobertura, dependerán de que la incidencia esté incluida o no en nuestra póliza de hogar. Sin embargo, los daños causados a terceros se encuentran dentro de la cobertura de responsabilidad civil y estos son los que tratamos en este artículo. En estos casos es importante conocer frente a quién podemos dirigir nuestra reclamación, para lo que resulta necesario conocer el origen de los daños.

A quién dirigir nuestra reclamación en función del origen de los daños

Si los daños tienen su origen en un elemento privativo podemos dirigirnos frente al propietario de la vivienda causante y su aseguradora, cuando los daños tienen su origen en elementos comunitarios la reclamación debe dirigirse frente a la Comunidad de Propietarios y la aseguradora de esta.

Plazos para realizar la reclamación

Aunque es común basar este tipo de reclamaciones en el artículo 1902 del Código civil, con plazo de un año para ejercitar la acción, sin embargo, es plenamente admisible accionar a través de los artículos 9 y 10 de la Ley de Propiedad Horizontal, que somete este tipo de reclamaciones al plazo general de cinco años. Cuestión que no es baladí de cara a la prescripción de la acción.

Cuando planteamos este tipo de reclamaciones podemos o solemos  solicitar la indemnización por los daños causados, sin embargo, de nada servirá reparar los daños en nuestra vivienda si no se repara también la causa de ellos. Origen que, como adelantábamos, bien puede encontrarse en un elemento privativo o en un elemento comunitario, clave para determinar la responsabilidad.

¿Quién es el responsable de los daños?

La localización del origen de las filtraciones o humedades nos permite determinar quién es el responsable (propietario o Comunidad de Propietarios) lo que, a su vez, nos permitirá accionar frente a este y su compañía aseguradora. La cobertura por responsabilidad civil en el seguro del hogar y de Comunidades de Propietarios es la encargada de cubrir los daños que el asegurado le cause a terceros, es por ello que los seguros de hogar son recomendables, y la cobertura de responsabilidad civil debe estar incluida como mínimo para garantizar una regulación y una convivencia pacífica.

Habitualmente, cuando sufrimos daños por agua ocasionadas por un tercero lo comunicamos a nuestra propia aseguradora, que suele localizar los daños  y en función del resultado da cobertura a través de la cobertura de daños por agua (daños originados por instalaciones propias) o bien pone en acción la defensa jurídica, para reclamar la reparación de los daños y su origen al tercero causante.

Cómo proceden las aseguradoras

Puede ocurrir –normalmente cuando el origen de los daños ya está reparado o se trata de un escape de agua puntual- que siendo daños ocasionados por un tercero las aseguradoras reparen los daños y con posterioridad reclamen los gastos al causante (recobro). Sin embargo, las compañías aseguradoras no suelen hacerse cargo de reparar los daños cuando todavía no ha sido reparada la causa, puesto que sin reparar el origen los daños volverán a producirse, entra en juego la defensa jurídica y se inician acciones judiciales para reclamar al causante judicialmente la reparación de la causa y de los daños provocados.

En cualquier caso siempre es importante acudir a un profesional para los problemas que puedan surgir en caso de siniestro. Para resolver cualquier duda al respecto, puedes consultar al  Departamento de Seguros de HispaColex, y su equipo especializado de abogados en Granada, Jaén y Málaga quiénes resolverán todas tus dudas al respecto. También puedes contactar con nuestros abogados a través de nuestro formulario de contacto online.


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