Derecho Penal

23/07/2019

Estafas en alquileres vacacionales

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Abogados Derecho Penal


Autor: Verónica Avivar

Con la llegada de la temporada de verano, han aflorado numerosos casos de estafas vinculadas a alquileres de apartamentos turísticos que no existían, o que no reunían las características ofertadas. Analizamos cómo evitarlo y qué hacer en caso de vernos afectados por posibles estafas en alquileres vacacionales.


La particularidad de estos delitos es su forma de comisión, sirviéndose para ello de plataformas digitales o, de páginas web que sí son legales, utilizadas abusivamente por parte de los falsos arrendadores, lo que facilita la perpetración de estas Estafas  así, como la dificultad en la  identificación de sus responsables.

El análisis de estas figuras nos lleva a distinguir cual es su regulación  en nuestro sistema penal, cuáles son las recomendaciones, a tener en cuenta, para prevenirlas y qué hacer cuando, muy a nuestro pesar, hemos resultado víctimas de este tipo de Estafas de alquileres vacacionales.

¿Qué advierte nuestro Código Penal sobre las estafas?

Nuestro sistema penal acoge la modalidad de estafas cometidas vía internet en el art. 248 del Código Penal, ello  tras la reforma introducida por la LO 5/2010, de 22 de junio, para dar cumplimiento a la Decisión Marco del Consejo de Ministros de la Unión Europea sobre “la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo”, de fecha 28 de mayo de 2001.  Dicho precepto dispone:

1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

2. También se consideran reos de estafa: a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.

Esta modalidad de estafa requiere, en primer lugar, como elemento primario, la creación de un engaño suficiente dirigido al consumidor a través de la publicación en  páginas web habituales en el mercado de alquiler, portales de internet conocidos que cuentan con años en el sector, y una buena reputación lo que evitará de entrada los recelos de la futura víctima generándole un error, entorno a la percepción de la veracidad del anuncio.

El estafador aprovecha la plataforma online para la publicación de ofertas de alquiler de apartamentos en  distintos destinos turísticos que, o bien no existen en realidad o, que no reúnen las cualidades o características ofertadas, publicitándose, generalmente, a precios muy inferiores a los de mercado, como gancho para la definitiva captación de los clientes. Mediante  ese engaño, posteriormente contactada la víctima se le requiere documentación y datos personales para la formalización del contrato, así como el abono del importe para la reserva del inmueble o, en algunos supuestos, de la totalidad del coste.

Recomendaciones a tener en cuenta

Ante estas situaciones, desde el Departamento de Derecho Penal de  HispaColex Bufete Jurídico consideramos importante que, a la hora de efectuar una reserva online de un alojamiento turístico se desconfíe de los alquileres que estén muy por debajo del precio de mercado, efectuando para ello la comparación de ofertas en distintas páginas web, visualizando las valoraciones y opiniones de otros usuarios relativas al arrendador en cuestión y el inmueble que se alquila, a sus condiciones, características, localización, así como evitando el abono anticipado de la totalidad del  pago siendo preferible su pago una vez en el alojamiento, lo que en definitiva nos permitirá una posición más ventajosa a la hora de posibles reclamaciones.

En todo caso desde el punto de vista jurídico sería recomendable el envío por parte de la agencia o del  arrendador de un compromiso de contratación o cualquier documento que acredite ese contrato de alquiler, en el que se recojan todos los datos identificativos del arrendador y del inmueble que se está alquilando para garantizar su veracidad.

¿Cómo proceder si nos vemos afectados por una estafa de este tipo?

Si a pesar de haber tomado las precauciones necesarias, hemos resultado estafados, nuestra primera decisión será la interposición de una denuncia ante las autoridades, para lo que se puede contar con el asesoramiento de nuestros letrados a efectos de un correcto asesoramiento al tiempo de plantear los hechos ante las autoridades.

Toda la información que se pueda suministrar al tiempo de presentar la Denuncia será fundamental para la averiguación del delito, así como muy importante  a la hora de  determinar si se trata de una actividad organizada únicamente con mera finalidad de estafar o, si además, está orientada, a la comisión de otros ilícitos posteriores que generen aún más perjuicios a las víctimas, ya que es posible que, por el hecho de haberse suministrado a los delincuentes  diferente documentación y datos personales, sean utilizados por estos  para la perpetración de otras infracciones utilizando dicha información, como por ejemplo apertura de cuentas corrientes, líneas de teléfono, o tarjetas de crédito, todo ello a nombre de victimas que previamente facilitaron sus datos a dichos estafadores.

Denuncias por presuntos delitos de estafa

La interposición de una Denuncia por un presunto delito de Estafa permitirá la incoación de un procedimiento penal en el que se practiquen las diligencias dirigidas a la identificación de los presuntos responsables, interviniendo incluso, en la averiguación de este tipo de Estafas cometidas por internet,  las unidades especializadas de las Fuerzas y cuerpos de seguridad, utilizando medios dirigidos a averiguar el modus operandi de este tipo de estafadores, lo que será de fundamental en la determinación del delito.

La interposición de la Denuncia permitirá también la fijación de cuales han sido las cantidades totales estafadas, permitiendo  la sanción penal de los responsables, así como la reclamación y posterior abono de los importes ilícitamente cobrados a las víctimas.

En HispaColex Bufete Jurídico estamos a vuestra entera disposición, para ello, contamos con nuestro Departamento de letrados especializados en Derecho Penal, quienes resolverán cualquier duda o  consulta que surja sobre este tipo de materias. Puedes consultarnos en www.hispacolex.com o llamando al 958 200 335.


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